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Ayudas al copago para menores - Comunitat Valenciana


Esta semana en la farmacia...


Ayudas al copago para menores - Comunitat Valenciana
Ayudas al copago para menores



+ Buenas tardes, María. ¿Qué necesitas?
- Hola, Mariví. Venimos de urgencias, que la peque está mala.

Aquí imaginad todo el proceso de receta electrónica: pasar la tarjeta SIP, el código de la hoja de tratamientos, pasar los códigos de los medicamentos y a la hora de cerrar dispensación...

- ¿Cuánto te debo?

+ No, no me tienes que pagar nada.

-¿Uy! ¿Y eso?


Y aquí empieza la explicación de la falla...


Ayudas al copago para menores en la Comunitat Valenciana.


La Generalitat Valenciana ha creado esta ayuda al copago para evitar que los menores tengan que pagar los medicamentos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017.

De hecho, un total de 404.647 menores residentes en la Comunitat Valenciana se beneficiarán de esta subvención y, por tanto, dejarán de abonar el 40% del coste de los medicamentos.


¿Quién se beneficiará de esta subvención?


Serán beneficiarias de estas ayudas las personas que cumplan los siguientes requisitos:
  • residir en la Comunitat Valenciana,
  • ser menor de 18 años,
  • ostentar la condición de persona asegurada del Sistema Nacional de Salud (SNS),
  • o ser beneficiaria de una tarjeta sanitaria cuyo titular tenga una renta inferior a los 18.000 euros anuales,
  • o beneficiaria de la asistencia sanitaria en situaciones especiales y disponer de tarjeta sanitaria individual expedida por la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.


¿Qué debo hacer para conseguir esta ayuda al copago?


No tienes que hacer nada.

No es necesario realizar ningún trámite ya que la Conselleria de Sanitat identi ficará de oficio a las personas benefi ciarias, y automáticamente, en el momento de comprar los medicamentos en la farmacia, el menor no tendrá que abonar nada.



Si necesitas más información, te dejo el enlace de la nota de prensa de la Generalitat:



Y si quieres saber más sobre el copago y las ayudas creadas, te dejo estos enlaces del blog:








Espero que te haya resultado útil e interesante este post, 
y si ha sido así, no dudes en compartirlo ;-)


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Mientras escribía este post estaba escuchando esta lista de Spotify.
Espero que te guste ;-)





Ayudas al copago en la Comunidad Valenciana


Que levante la mano aquel/aquella que fue a la farmacia, y después de estar todo un año sin pagar las aportaciones de sus medicamentos, de repente observa con estupor que debe de volver a pagar... ¿Alguien en la sala?


Subvencion Copago - Comunidad Valenciana
Subvencion Copago - Comunidad Valenciana



Esto es debido a que la Conselleria de Sanitat junto a la Conselleria de Hacienda cruzaron datos, el Sistema de Información Poblacional (SIP) planificó la carga de la Renta 2015 y se actualizó la base de datos de la subvención al copago en la Comunidad Valenciana, lo que provocó modificaciones en el TSI de algunos pacientes, y por eso algunos de vosotros debéis de pagar de nuevo el copago.



¿Qué ocurre si observas que es un error y eres beneficiario de esa subvención?

Pues puedes solicitarlo a lo largo del año, de forma presencial o por correo certificado:


PRESENCIAL:

- Las solicitudes se presentarán en el CENTRO DE SALUD donde esté adscrita la persona interesada.

- En caso de no existir dicha adscripción, se presentará en los servicios territoriales de la Conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública, sitos en:
  • Alicante - C/ Gerona, 26. 03001.
  • Castellón de la Plana - C/ Huerto Sogueros, 12. 12001.
  • Valencia - Gran Vía Fernando El Católico, 74. 46008.

(Sin perjuicio de cualquier otra de las formas previstas en la legislación reguladora del Procedimiento Común de las Administraciones Públicas).



POR CORREO CERTIFICADO:

La presentación de la solicitud en la oficina de correos correspondiente, deberá hacerse en sobre abierto, a fin de que el ejemplar destinado a la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública sea fechado y sellado antes de ser certificado. En caso de que la solicitud no esté fechada y sellada por la oficina de correos correspondiente, se entenderá como fecha válida de presentación aquella que aparezca en la entrada de registro de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.



Ayudas al copago en la Comunidad Valenciana
Ayudas al copago en la Comunidad Valenciana




¿Qué documentación se debe presentar?

Debes cumplimentar la solicitud correspondiente, seas pensionista o persona con diversidad funcional, y entregarlo acompañado de los siguientes documentos:

a) Documento acreditativo del grado de discapacidad emitido por la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat.

b) Documentación de los gastos correspondientes a los tratamientos farmacológicos sujetos a financiación pública, prescritos por el personal médico del sistema sanitario a las personas beneficiarias del Decreto 239/2015, de 29 de diciembre.

c) Certificado de empadronamiento en la Comunitat Valenciana, en caso de mutualistas privados.

d) Fotocopia cotejada del documento de identificación del padre/madre o tutor, en su caso.

e) Fotocopia cotejada del documento de identificación de la persona solicitante. En caso de menores, el libro de família.

f) Modelo de domiciliación bancaria, según modelo normalizado, salvo que la cuenta bancaria estuviere de alta en la Generalitat.


En estos enlaces podemos encontrar los documentos a cumplimentar:



Si necesitas más información sobre las ayudas al copago en la Comunidad Valenciana, aquí la encontrarás ;-)



Espero que te haya sido útil esta información sobre las ayudas al copago en la Comunidad Valenciana, y si ha sido así,
no dudes en compartirlo ;-)


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Nueva Tarjeta Sanitaria SIP - Comunidad Valenciana


Nueva Tarjeta Sanitaria SIP - Comunidad Valenciana
Nueva Tarjeta Sanitaria SIP - Comunidad Valenciana


Como habrás podido ver en todos los medios de comunicación, el día 30 de junio se puso en marcha la nueva Tarjeta Sanitaria SIP en la Comunidad Valenciana.

¿Qué beneficios vamos a tener con esta nueva tarjeta?

* Tendremos un Código de Identificación Personal del Sistema Nacional de Salud (CIPSNS), un identificador único estatal para cada ciudadano. De esta forma se eliminarán errores a la hora de identificar al paciente, ya que se trata de un código único y todo el proceso se hará de forma automática a través de lectores de códigos de barras.

* Gracias a este CIPSNS, el documento será compatible con todos los Sistemas de Salud Autonómicos, ya que permitirá que la lectura y comprobación de los datos sea posible en cualquier comunidad autónoma.

* Con la nueva tarjeta se garantiza a la ciudadanía el derecho a la protección de la salud sin importar dónde se encuentre ni en qué centro sea atendido:
"[...] De este modo se posibilita el cumplimiento del artículo 4.c) de la citada Ley, que establece que los ciudadanos tienen derecho a recibir por parte del servicio de salud de la comunidad autónoma en la que se encuentre desplazado, la asistencia sanitaria del catálogo de prestaciones del Sistema Nacional de Salud que pudieran requerir, en las mismas condiciones e idénticas garantías que los ciudadanos residentes en esa comunidad autónoma.[...]"

* Tendrá una muesca en uno de sus laterales para facilitar su manejo por personas con disfunción visual.


(Más información: Real Decreto 702/2013, de 20 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 183/2004, de 30 de enero, por el que se regula la tarjeta sanitaria individual.)



Nuevo modelo Tarjeta Sanitaria SIP
Nuevo modelo Tarjeta Sanitaria SIP

Información al ciudadano sobre nuevo modelo Tarjeta Sanitaria SIP
Información al ciudadano sobre nuevo modelo Tarjeta Sanitaria SIP


Las tarjetas sanitarias no se cambiarán de golpe, sino que la sustitución se hará de forma progresiva y en las mismas circunstancias que se hace actualmente, es decir, en casos como pérdida, robo o deterioro.

Las tarjetas emitidas actualmente seguirán siendo válidas, no hay que cambiarlas si no es necesario ya que que los los lectores que actualmente utilizamos en las oficinas de farmacia están preparados para funcionar con ambos modelos hasta que se produzca la sustitución de todas las tarjetas.

¿Qué te parece este cambio?
¿Lo veremos antes de que acabe el año?
Espero que te haya resultado útil, 
y si es así, no dudes en compartirlo ;-)


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¿Tengo derecho a la subvención del copago?


Vuelvo al tema del copago en la Comunidad Valenciana, y es con una actualización de la Conselleria de Sanitat, para que podamos saber de forma directa si somos beneficiarios de la subvención al copago o no.

Accedemos a la siguiente página web: http://www.san.gva.es/consulta-copago, y vemos que hay una imagen de una tarjeta SIP.


¿Tengo derecho a la subvención del copago? Tarjeta SIP
¿Tengo derecho a la subvención del copago? Tarjeta SIP



El siguiente paso es introducir el nº de SIP y la fecha de nacimiento en los huecos correspondientes, además del texto que nos salga en la imagen de al lado.

* En el número SIP se deben introducir todos los números, incluidos los 0.
* La fecha de nacimiento tiene el siguiente formato 00-00-0000 (ejemplo: 02-10-1944).

Sin más trámites, nos sale la información de si tenemos derecho a la subvención del copago o no, así de sencillo.

Y si crees que hay algún error, en este post del copago te indico qué debes de hacer para solicitarlo ;-)


ayudas al copago - Comunidad Valenciana
ayudas al copago - Comunidad Valenciana



Espero que te haya resultado útil,
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¡Feliz día!


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Año nuevo... Actualización del copago


¡Feliz 2016!
¡Feliz 2016!


Como viene siendo habitual, cada cambio de gobierno trae unas consecuencias, y en materia de farmacia, una de las más importantes ha sido la aprobación por parte de la Conselleria de Sanitat de unas subvenciones al copago para colectivos especialmente vulnerables por razones económicas y/o sociales.

Como en otras ocasiones, voy a intentar explicar a grosso modo en qué consiste esta ayuda al copago ;-)


¿Quién se va a beneficiar de esta ayuda al copago?


Las subvenciones se aplicarán en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.

Según el DECRETO 239/2015 y el DECRETO 240/2015, las personas beneficiarias de las ayudas serán aquellas que cumplan los siguientes requisitos:

1) Ser pensionista y haber realizado un gasto subvencionable en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016 y cumplir los siguientes requisitos:
a) Ostentar la condición de asegurado del Sistema Nacional de Salud (SNS) con tarjeta sanitaria individual expedida por la Conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública y cuyo garante sea el INSS.
b) Ostentar la condición de pensionista de la Seguridad Social.
c) Tener un nivel de ingresos inferior a una base liquidable de 18.000 euros anuales y tener un régimen de aportación farmacéutica asignado TSI 002 – 01 (pensionista con renta menor a 18.000 euros, 10% de aportación con un límite máximo mensual de 8,23 euros).

2) Ser beneficiario/a de los asegurados que cumplan los requisitos anteriores. Estos beneficiarios deben de estar identificados como tales en el Sistema de Información Poblacional de la Conselleria de Sanitat Universal i Salut Publica (SIP).

3) Presentar alguna diversidad funcional y además cumplir los siguientes requisitos:
a) Ser menor de 18 años con declaración de discapacidad reconocida por el organismo competente en la materia, con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % o ser mayor de 18 años con discapacidad reconocida por el organismo competente en la materia con un grado de discapacidad igual o superior al 65 %.
b) Disponer de la Tarjeta Sanitaria expedida por la Conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública o documento de inclusión.
c) Ser residente en la Comunitat Valenciana.


¿Cómo sé que soy beneficiario de esa subvención?


* En las prescripciones médicas (Hoja de tratamientos vigentes en el caso de medicamentos y prescripción de ortoprótesis en el caso de material ortoprotésico): en el campo de observaciones/notas aparece un texto específico que le indica a las personas beneficiarias esta condición.

ayuda copago - Hoja de tratamientos vigentes
ayuda copago - Hoja de tratamientos vigentes



* En su Centro de Salud, con su Tarjeta SIP.

* En su oficina de farmacia u ortopedia con su hoja de tratamiento vigente o su prescripción de material ortoprotésico y su Tarjeta SIP.


¿He de hacer algo si soy beneficiario?

No, no es necesario realizar ningún trámite.

La Conselleria de Sanitat habrá identificado su situación gracias a los registros que posee la Administración.


¿Voy a recibir en metálico esa subvención?

No.

El abono para pagar por el copago lo gestiona directamente la Generalitat con las oficinas de farmacia a través de los Colegios Oficiales de Farmacéuticos y con los establecimientos de ortopedia a través de la Asociación Valenciana de Empresarios de Ortopedia y los Colegios Oficiales de Farmacéuticos. Estas son entidades colaboradoras en estas subvenciones.


¿Qué he de hacer si cumplo todos las condiciones para recibir esta subvención pero no me la han concedido?

* Debe cumplimentar una instancia y adjuntar los documentos necesarios.

* Se puede tramitar en el Centro de Salud o en los Servicios Territoriales de la Conselleria de Sanitat.






Espero haber aclarado dudas sobre estas ayudas al copago, 
y si te ha sido útil, no dudes en compartirlo ;-)

¡Feliz Año Nuevo!



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Año Nuevo... Vida nueva... Y copago nuevo



Y así, casi sin darnos cuenta, el 2014 voló 
y ya estamos inmersos en el 2015 ;-)


Feliz 2015
¡Feliz 2015!



Y como viene siendo habitual en la Sanidad española, en cada inicio de año se realiza la actualización del copago, actualización del precio de las tiras reactivas, etcétera... Son apenas unos céntimos a la baja, pero está bien saberlo:


* Aportación máxima para los medicamentos pertenecientes a los grupos ATC de aportación reducida, que se ha fijado en 4,24€ (son aquellos medicamentos con cícero = puntito negro al lado de las letras A.S.S.S.):


precinto con cicero
 aportación máxima medicamentos con cícero




* Actualización de los límites máximos de aportación mensual para las personas que ostenten la condición de asegurado como pensionistas de la Seguridad Social y sus beneficiarios:

límites máximos de aportación mensual para pacientes pensionistas
Límites máximos de aportación mensual para pacientes pensionistas




* Comunidad Valenciana: aportación del envase de 50 tiras reactivas de glucemia a través de receta médica (Seguridad Social) es de 1,90 €.









Espero que os haya resultado útil esta entrada,
 y si es así, no dudéis en compartirla ;-)

Mis mejores deseos para este 2015 que acabamos de empezar,
pero sobre todo SALUD, porque con ella,
podemos realizar todo lo que nos propongamos ^_^

¡Feliz año Nuevo!


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